viernes. 26.04.2024

La Ministra de Igualdad, Irene Montero, ha anunciado este miércoles que llevará a cabo una reforma de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo con el objetivo de "asegurar" que "todas las mujeres" tienen derecho a decidir sobre sus cuerpos.

Tal y como ha explicado, durante su comparecencia ante la comisión del ramo del Congreso, esta modificación tiene como objetivo "derogar" la reforma que se realizó en 2015, durante el Gobierno del PP. En esta reforma, se incluyó que las menores de 16 y 17 años debían tener el consentimiento paterno o de sus tutores legales para poder abortar.

Sin embargo, Irene Montero no ha especificado más sobre esta reforma que, según ha apuntado, busca "asegurar" que "todas las mujeres" tienen "derecho a decidir sobre sus cuerpos" y que el Ejecutivo está "haciendo todo lo posible para mejorar la salud sexual" de todas ellas.

Esto, ha indicado, implica el derecho a "formas más novedosas" de anticoncepción y la promoción de la educación sexual y reproductiva.

Regulación de la ley del aborto en España

El Aborto en España se regula a través de la LO 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva, y de la interrupción voluntaria del embarazo. La misma, en su artículo 13, exige varios requisitos en cuanto a la práctica de la interrupción:

1. Que se practique por un médico especialista o bajo su dirección.

2. Que se lleve a cabo en centro sanitario público o privado acreditado.

3. Que se realice con consentimiento expreso y por escrito (salvo en algunos casos).

Antes, permitía abortar a las mujeres de 16 y 17 años, algo que desde la reforma operada en 2015, requiere consentimiento del tutor legal. El artículo 14, por otro lado, establece el supuesto de interrupción del embarazo a petición de la mujer, en las 14 primeras semanas de gestación. En cuanto a causas médicas, de modo excepcional, se podrán interrumpir en supuestos específicos, recogidas en el Artículo 15.

En el ámbito del Derecho penal, el aborto tiene su propia regulación, incluyendo conductas fuera de estos supuestos y que prevén penas de prisión o inhabilitación para quienes produzcan el aborto.

El Tribunal Constitucional guarda en un cajón el recurso a la LO 2/2010, ¿hasta cuándo? ¿Es necesario? Desde el punto de vista pro-abortista se defiende que legalizar el aborto, es decir, permitirlo y despenalizarlo, se corresponde con que existan menos mujeres muertas, pues quien quiere abortar, aborta, pero hay quien se lo puede permitir en una buena clínica y hay quien no (recordemos el viejo mito del Viaje a Londres). Por otro lado, se habla de su confrontación con el derecho a la vida (Art. 15 CE) del no nacido, el nasciturus.

En opinión del experto en derecho Mario Neupavert, una ley de supuestos que garantice la salud de la madre y que cuando el feto esté gestado a partir de un período, se proteja al mismo salvo en algunas circunstancias excepcionales, casa perfectamente con el Derecho a la Vida recogido en el artículo 15 de nuestra Constitución.

El Gobierno anuncia la reforma de la Ley del aborto