jueves. 25.04.2024

Desde este viernes 30 de octubre, y durante al menos dos semanas, Andalucía se encuentra cerrada de forma perimetral con otras Comunidades Autónomas. Del mismo modo, un total de 449 municipios andaluces también han cerrado su perímetro.

En esta tesitura, a muchos ciudadanos de Andalucía le surgen dudas sobre los asuntos de movilidad, que en muchas ocasiones pueden acarrear sanciones disciplinarias o económicas por parte de la administración.

Así, solo se puede salir de un distrito cerrado en determinadas circunstancias. Se trata de situaciones excepcionales recogidas en el decreto de Estado de Alarma publicado por el Gobierno central. Aunque son las comunidades autónomas las que determinan que en que zonas se aplican.

En concreto el decreto establece las siguientes situaciones para poder salir del término municipal cerrado:

  • Para ir al médico, al trabajo, al colegio y a la universidad.
  • Para retornar al lugar de residencia habitual.
  • Para cuidar a personas mayores, menores, dependientes, o con algún tipo de discapacidad.
  • Si estamos citados por la administración pública, un notario o un juzgado.
  • Para renovar permisos o documentos oficiales.

Para todas estas circunstancias y poder salir del término municipal siempre es necesario llevar la documentación que acredite el motivo. Pero además de todas estas situaciones, surgen ciertas preguntas en la cabeza del ciudadano. Intentaremos responder a algunas de ellas.

¿Puedo moverme de una provincia a otra en Andalucía si ambas no están cerradas?

Por ejemplo, ¿Podría desplazarme desde Huelva hasta Almería?, dos provincias que no están cerradas. Legalmente es posible.

Sin embargo, no podría hacerse desde una provincia cerrada a una abierta, o viceversa; siempre y cuando no sean por los motivos descritos anteriormente.

De cualquier modo, la recomendación general del gobierno y Junta de Andalucía es que nadie se mueva de su lugar de residencia esté o no cerrado, porque la movilidad de las personas ayuda a la propagación del virus.

¿Puedo acceder a un centro comercial fuera del municipio?

La respuesta es no, a menos que se acredite que donde vivimos no tenemos posibilidad de adquirir productos de primera necesidad. Algo así puede ocurrir en zonas residenciales de ciudades o municipios que se abastecen en comercios que están en un término municipal distinto.

¿Y si el colegio está fuera del municipio? ¿Me puedo desplazar?

Para la enseñanza, en todos los niveles, sí podemos salir de una zona cerrada desde educación infantil hasta la universidad. Tanto para recibir clases como para impartirla, es decir, alumnos y profesores. Siempre con documentación que lo justifique por si nos la pide la policía.

¿Qué tipo de autorización es la que se necesita en Andalucía?

El decreto no especifica cómo se acredita la circunstancia de fuerza mayor que nos permite salir, sólo pide que el movimiento esté "debidamente acreditado". En estos casos es preciso un documento oficial (DNI, cita médica, contrato de trabajo, carnet de estudiante o matrícula...) En su defecto, puede servir cualquier otro que acredite fehacientemente y de buena fe el movimiento que estamos haciendo.

Casos en los que puedes salir del municipio en Andalucía