sábado. 20.04.2024

Lo dicho: el tema del Prendimiento no se desbloquea. Continúa el suma y sigue de las posiciones encontradas. Tras el pronunciamiento de la vicaría general de no dar por válidos los votos por correo y la necesaria de unas terceras elecciones en la Hermandad de Santiago, ahora es Abraham Soto Arjona quien emite un comunicado en los siguientes términos literales que a continuación reproducimos:

“D. ABRAHAM SOTO ARJONA, en mi propio en nombre, así como en representación de todas y cada una de las personas que conforman mi candidatura; por respeto a los medios interesados, así como a todos y cada uno de nuestros votantes y hermanos, realizo las siguientes manifestaciones”:

“1.- Que con fecha 17 de septiembre de 2020, presenté escrito en el Registro de Entrada de la Diócesis de Asidonia-Jerez, dirigido al Vicario General y Moderador de la Curia de la Diócesis de AsidoniaJerez, solicitando, como principal, LA ANULACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS VOTOS POR CARTA, contabilizados en las pasadas elecciones a Hermano Mayor de la Hermandad del Prendimiento, de tal manera que solo fueran declarados como VÁLIDOS los votos realizados de manera PRESENCIAL. Todo ello entendiendo que existen una serie de irregularidades en la validez dada a la documentación anexada a cada uno de dichos votos por carta, entre otras. Todo ello en base al art. 63 de la Normativa Diocesana de Hermandades y Cofradías de Jerez”.

“2.- Que con fecha 28 de septiembre de 2020, me fue notificado Decreto de la Vicaría General en respuesta al referido escrito, cuyo tenor literal es el siguiente”:

"Las elecciones celebradas han de ser tenidas por nulas"

“DECIDIMOS, UNA VEZ ESTUDIADO EL CASO, QUE POR MOTIVOS DE SEGURIDAD JURÍDICA, LOS DOCUMENTOS A LOS QUE SE REFIEREN EL ART. 63 DE LA NORMATIVA DIOCESANA DE HH Y CC DEBEN SER ORIGINALES O COPIAS DEBIDAMENTE COMPULSADAS. CONSIGUIENTEMENTE VENIMOS A DECRETAR Y DECRETAMOS QUE LAS ELECCIONES CELEBRADAS HAN DE SER TENIDAS POR NULAS Y HABRÁ QUE PROCEDER A SU REPETICIÓN.”

“3.- Que, a pesar de ESTIMARSE PARCIALMENTE NUESTRA PETICIÓN, esta parte entiende que el citado decreto no es ajustado a Derecho por las siguientes razones”:

“- Una vez siendo RECONOCIDA por la Vicaría, de manera clara e inequívoca, la IRREGULARIDAD DEL VOTO POR CARTA CONTABILIZADO, lo más justo sería la DECLARACIÓN DE NULIDAD, únicamente, de la totalidad de los VOTOS POR CARTA contabilizados. Nulidad que ya se intentó que fuese declarada, sin éxito, en el mismo cabildo de elecciones y que nos hubiese ahorrado llegar a esta instancia. De tal manera que sean declarados como validos los VOTOS REALIZADOS DE MANERA PRESENCIAL, tal y como se solicitaba en nuestro recurso”.

"Realización de un nuevo escrutinio"

“- En base a lo anterior, lo más efectivo y justo, es la REALIZACIÓN DE UN NUEVO ESCRUTINIO, con todas las GARANTÍAS DE CLARIDAD Y TRANSPARENCIA que se presumen, en el cual deben contabilizarse, únicamente, los VOTOS REALIZADOS DE MANERA PRESENCIAL. Todo ello ahorrándonos la concurrencia a unas terceras elecciones”.

“- Entiendo totalmente innecesaria la celebración de unas terceras elecciones, en el transcurso de una pandemia mundial, con las medidas de restricción que podrían estar vigentes en un futuro cercano, así como lo más importante, para no exponer de nuevo la salud de los hermanos que quieran ejercer su derecho al voto”.

“- Que teniendo en cuenta la controversia generada en relación a los votos. Estos deben ser CUSTODIADOS por la persona designada para tal fin y responsabilidad de los mismos, tal y como solicitamos en el mismo recurso”.

“Por todo lo cual, emprenderé las medidas legales que estime oportunas. En Jerez, a 30 de septiembre del Año del Señor 2020. D. Abraham Soto Arjona”.

Abraham Soto no respalda las nuevas elecciones en el Prendimiento