jueves. 25.04.2024

El intento de paralizar la gestión de lucha de la Junta de Andalucía contra el Covid-19 no está saliendo como esperan los detractores, sindicatos y partidos de la oposición. Organizaciones que antes callaban a pesar de las tropelías y el mayor robo y caso de corrupción en la democracia de España (700 millones de euros que acabaron en cocaína y prostíbulos entre otras cosas). Ahora, es la Fiscalía Superior de Andalucía quien desestima y archiva la denuncia de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Gobierno Andaluz. Según ha podido saber El MIRA, la Fiscalía considera que no existe delito alguno en la denunciada gestión de contratación laboral durante la pandemia. Contrataciones urgentes para hacer frente al Coronavirus con mayores garantías.

Fiscalía Andalucía Miguel Montenegro Muriel CGT Miguel Montenegro Muriel

Hay que recordar que Miguel Montenegro, en representación de CGT, interpuso el 5 de agosto de 2020 una denuncia en la Fiscalía Superior a los responsables de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e interior de la Junta de Andalucía. los acusaba de ser autores de presuntos delitos contra los derechos de los trabajadores; así como prevaricación en la selección del personal funcionario interino; y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de Salud Pública ocasionado por la pandemia del coronavirus.

Causa archivada: No existe delito alguno

La Fiscalía procede a archivar la denuncia. Explica que el denunciante se equivoca al demandar a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública. Así como que indicara que no siguiera las bases del procedimiento de contratación de emergencia para la selección de personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de Salud Pública ocasionado por el Covid-19. CGT denunciaba que se excluyera de la contratación a los colectivos incluidos en el apartado tercero de la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública del 13 de marzo de 2020; por la que se adoptan medidas respecto a todo el personal de la Administración de la Junta de Andalucía con motivo de la pandemia.

Este número tercero de la resolución de la Secretaria General para la Administración Pública afirma sobre los grupos de riego que se consideran personas especialmente sensibles aquellas que sufran patología que pudieran ver sea agravadas por el coronavirus, en base a las recomendaciones dadas por el Ministerio de Sanidad.

En el procedimiento de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus, se indica como factores de riesgo y enfermedades de base las siguientes:

  • Diabetes
  • Cardiovascular (incluida hipertensión)
  • Hepáticas crónicas
  • Pulmonares crónicas
  • Renales crónicas
  • Neurológicas o neuromusculares crónicas
  • Inmunodeficiencia (incluyendo VIH)
  • Cáncer
  • A estas enfermedades hay que añadir la situación de mujeres que están embarazadas o en periodo de lactancia así como los mayores de 60 años.

En consecuencia, la Fiscalía entiende que siguiendo esta resolución de la Secretaria General para la Administración Pública destinada a la contratación del personal necesario para la lucha contra el coronavirus se hizo lo correcto según Ley. Entiende que se obró con el fin de proteger a las personas que sufren un mayor riesgo de padecer esta enfermedad; excluyéndolos de la contratación proyectada para la lucha de la enfermedad. Virus que podía agravar la que ya padecen. Es decir, no fueron contratadas personas de grupos de riesgo para no ponerlos en mayor riesgo, preservando la salud de los mismos.

La fiscalía sentencia que se obró según ley: Se evitó contratar para la lucha del Covid-19 a personas de grupos de riesgo

Hay que reseñar que las diligencias de investigación penal vienen reguladas por ley. Se establece que tras las prácticas de las diligencias que estime pertinentes, el fiscal decretará el archivo de las actuaciones cuando el hecho no revista los caracteres de delito. En el mismo sentido, el Fiscal podrá recibir denuncias, enviándolas a la autoridad judicial o decretando el archivo; cuando no encuentre fundamentos para ejercer acción alguna, notificando en este último caso la decisión al denunciante.

Los hechos denunciados ante la Fiscalía Superior de Andalucía por Miguel Montenegro Muriel, en nombre y representación de CGT carecen de toda relevancia penal, por lo que proceden a su archivo. Entienden que no es constitutivo de delito y que sobre este decreto no cabe recurso alguno.

La Fiscalía avala al Gobierno andaluz por las contrataciones Covid de emergencia