martes. 23.04.2024
Valle de los Caídos

El Tribunal Supremo desestima por completo el recurso de la familia Franco

La exhumación podrá llevarse a cabo en los términos legales

El Tribunal Supremo adelantó el martes 23 de septiembre el fallo de su sentencia relativa al procedimiento judicial que debate la exhumación del Dictador Francisco Franco.

En concreto, el comunicado expone que “la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha acordado este martes rechazar en su totalidad el recurso interpuesto por la familia de Francisco Franco en relación con la exhumación de sus restos. La decisión ha sido adoptada por unanimidad de los seis miembros que integraban el tribunal”.

Ya en tela de juicio pusimos este asunto cuando la Sección 4ª de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo (el TS se divide por Salas, según materia, y por secciones, según especialidad y reparto) detuvo la exhumación.

La detuvo con carácter cautelar, es decir, para asegurar que una futura sentencia pudiese llevarse a cabo con los efectos esperados. Ahora, el fallo final, estudiado el asunto, y adelantado en la página del Poder Judicial Español. Con la sentencia, cuyo contenido próximamente conoceremos, se confirma la exhumación del dictador.

En agosto de 2018 se reformó mediante Real Decreto-Ley la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, conocida como la Ley de Memoria Histórica, y se reformaba su artículo 16. En concreto, se añadía un apartado tercero, que exponía que en el Valle de los Caídos sólo pueden yacer restos mortales de fallecidos a consecuencia de la Guerra Civil.

Así, se añadía a su vez una disposición adicional para poder llevar este apartado a cabo. Hasta ahora, no se ha podido realizar la exhumación por cuanto que debía resolverse el recurso de la familia Franco.

El Tribunal Supremo desestima por completo el recurso de la familia Franco