viernes. 19.04.2024

Las mujeres víctimas de prostitución podrán acceder al Ingreso Mínimo Vital

El Ministerio de Igualdad "se asegurará también que las mujeres en situación administrativa irregular, que son en la mayoría de los casos las principales víctimas de explotación sexual y trata con fines de explotación sexual, tengan acceso a este derecho"

Las mujeres víctimas de explotación sexual y de trata con fines de explotación sexual, así como las prostitutas en una situación de extrema vulnerabilidad, podrán ser beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, según explica el Ministerio de Igualdad.

"Se asegurará también que las mujeres en situación administrativa irregular, que son en la mayoría de los casos las principales víctimas de explotación sexual y trata con fines de explotación sexual, tengan acceso a este derecho", añaden desde el Ministerio en un documento.

El Ejecutivo pretende que con ese ingreso se garantice "las condiciones mínimas de subsistencia", siempre que estas mujeres cumplan los criterios acordados. Esta medida se enmarca dentro de la ampliación del Gobierno del Plan de Contingencia contra la Violencia de Género ante el Coronavirus.

Según fuentes de Igualdad, para el acceso de las víctimas de trata y explotación sexual al Ingreso Mínimo Vital, las ONG especializadas (con experiencia acreditada de al menos 4 años y presencia territorial amplia) que toman contacto con mujeres en contexto de prostitución, presentarán los casos que consideren que presentan signos de trata o explotación sexual y la de las mujeres en situaciones de aislamiento y alta vulnerabilidad, así como el recurso que se requiere en cada caso.

A tal fin, según el plan del Ministerio, se establecerá un modelo de informe en el que se establezca la situación de la mujer y se indique el cumplimiento de unos requisitos que le permitirían acceder a una ayuda económica y/o a una solución habitacional (incluida la acogida por una entidad especializada).

Este informe será remitido a los servicios sociales generales, a los servicios públicos de atención especializada o a una serie de ONG que tendrán la función de acreditar la situación de cara a que las administraciones competentes resuelvan la concesión de la citada renta.

En cualquier caso, añade Igualdad en este plan, la concesión del Ingreso Mínimo Vital en las condiciones arriba indicadas no supondrá el reconocimiento como víctima de trata de seres humanos conforme a lo establecido en el artículo 141.2 del Real Decreto 557/2011.

Según Igualdad, el plan también contempla que las víctimas de trata y explotación sexual, así como las mujeres en contexto de prostitución, podrán ser beneficiarias de las ayudas vinculadas a la vivienda del Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género. Asimismo también podrán serlo las administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea dotar de una solución habitacional a estas víctimas.

Con este refuerzo, que incluye la difusión de los teléfonos de información, el Gobierno explica que cumple con la advertencia del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas de que "los estados deben tomar medidas adicionales de protección social para que su apoyo alcance a aquellas personas en mayor riesgo de ser afectadas de manera desproporcional por la crisis de COVID-19"

Las mujeres víctimas de prostitución podrán acceder al Ingreso Mínimo Vital