jueves. 25.04.2024

Los jueces suspenden las vistas en espera del pronunciamiento del TJUE

Más de un millón de personas esperan esta resolución del Tribunal de Justicia Europea sobre el Índice de Referencia de Préstamos hipotecarios (IRPH)

El Bufete Ortiz Abogados informa que el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Fernando ha dictado un Auto de fecha 13/04/18 por el que acuerda la suspensión del procedimiento por prejudicialidad civil, dado que existe otro procedimiento previo en el que hay una pretensión íntimamente conexa.

El Auto, añade “Existiendo la posibilidad de que se dicten resoluciones incompatibles en ambos procedimientos, y no siendo posible la acumulación”, por lo que se acuerda la suspensión. Ésta se alzará una vez se acredite la resolución del TJUE en relación a la nulidad del IRPH.

Desde que el 17 de febrero pasado el Tribunal de Justicia Europea admitiera a trámite una cuestión prejudicial sobre IRPH, los juzgados de instancia empiezan a mover ficha. La petición de muchos de los afectados recomendando la suspensión de todos los procedimientos hasta la resolución, parece que empieza a tomarse en cuenta.

Esta cuestión prejudicial sobre la cláusula abusiva fue elevada por el juzgado de instrucción número 38 de Barcelona después de que la STS del 14 de diciembre de 2017 avalara este índice. El Supremo no consideró que hubiera falta de transparencia, pero en el fallo hubo dos magistrados que discreparon con un voto particular. Estas discrepancias han permitido que pudiera solicitarse al TJUE una decisión final.

Más de un millón de personas esperan esta resolución y que el Tribunal Europeo se posicione del lado de los dos magistrados (Orduña y Arroyo) que votaron en contra por creer que el fallo del Supremo era contrario al derecho europeo.  Desde entonces algunos juzgados y audiencias se han rebelado contra el Supremo y han fallado a favor del afectado.

En el caso de San Fernando – estamos ante el primer caso en Andalucía - , los demandantes solicitaron la suspensión por prejudicialidad civil en aras de evitar fallos contradictorios y que los afectados sufran daños irreparables e irreversibles  si la sentencia europea es favorable después de un fallo negativo en su caso.

Los jueces decretan la suspensión del procedimiento por prejudicialidad civil, dado que existe otro procedimiento previo en el que hay una pretensión íntimamente conexa. El Auto, añade “Existiendo la posibilidad de que se dicten resoluciones incompatibles en ambos procedimientos, y no siendo posible la acumulación”, por lo que se acuerda la suspensión. Ésta se alzará una vez se acredite la resolución del TJUE en relación a la nulidad del IRPH.

Desde Bufete Ortiz celebramos estas decisiones judiciales y animamos a todos los juzgados a que se sumen a las suspensiones en materia de IRPH. José Luis Ortiz, socio director del despacho, ya mostró ante el fallo del Supremo su decisión de no parar en la lucha.

La dirección jurídica de los afectados ha sido tramitada por el letrado D. JOSÉ LUÍS ORTIZ MIRANDA, especialista en Derecho Bancario y productos bancarios tóxicos (Tfno: 956 25 00 61).

Los jueces suspenden las vistas en espera del pronunciamiento del TJUE