jueves. 18.04.2024

Vuelven las limitaciones en bares, restaurantes y el cierre de discotecas

La Junta de Andalucía ha publicado en el Boja el cierre de discotecas, bares de ocio y nuevas limitaciones en restauración y hostelería

Y vuelta a empezar, nuevas reglas. A las 00:00 horas del lunes 17 de agosto comienza el cierre de todas las discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones en directo a consecuencia de la negativa evolución de la pandemia del coronavirus. Así como nuevas limitaciones en aforo en hostelería y restauración.

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La Junta de Andalucía ya ha publicado en el Boja Extraordinario este domingo 16 de agosto la prohibición de fumar al aire libre, el cierre de discotecas y bares de ocio, y limitaciones en hostelería. Fija además la realización de pruebas PCR a los trabajadores sociosanitarios que vuelvan de vacaciones o sean nuevos contratados.

NUEVAS REGLAS: AFORO DE 75% EN BARES Y RESTAURANTES

Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local, salvo los establecimientos especiales de hostelería con música, que no podrán superar el 60% de su aforo.

En el supuesto que se dediquen exclusivamente al consumo de bebidas, no tendrán autorizada su apertura.

DISTANCIA MÍNIMA DE 1,5 METROS ENTRE CLIENTES O GRUPOS

El consumo dentro del local podrá realizarse en la barra o sentado en una mesa, o  grupaciones de mesas. Se debe asegurar el mantenimiento de la debida distancia de seguridad entre mesas o grupos de mesas. Entre clientes de diferentes grupos deben haber como mínimo 1,5 metros o, entre clientes situados en la barra. La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas.

TERRAZAS AL AIRE LIBRE PUEDEN ESTAR AL 100% RESPETANDO DISTANCIAS

Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar la totalidad de las mesas. Según las que el locan cuente como permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal. O bien de lo que sea autorizado para este año 2020.

En el caso que la licencia sea concedida por primera vez, siempre que se mantenga la debida distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. En todo caso la ocupación máxima de estas es de 10 personas.

Si el establecimiento de hostelería obtuviese el permiso del Ayuntamiento para incrementar la superficie destinada a la terraza al aire libre, podrá incrementarse el número de mesas. Eso sí, respetando, en todo caso, la medida de 1,5 metros, siempre que se mantenga el espacio necesario para la circulación peatonal en el tramo de la vía pública en el que se sitúe la terraza.

Dentro de estas reglas, se considerarán terrazas al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que, estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.»

A LAS 00:00 HORAS YA NO SE PERMITEN NUEVOS CLIENTES

Se establece como horario de cierre de los establecimientos las 1:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.»

CERRADOS: LOCALES DESTINADOS A MENORES

Los establecimientos de esparcimiento y de esparcimiento para menores no tendrán autorizada su apertura. (Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).»

EVENTOS MULTITUDINARIOS Y CELEBRACIONES

En todo caso, en los eventos multitudinarios se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria. En función de esta evaluación, cada evento de estas características deberá contar con la autorización de la Comunidad Autónoma".

"Estos eventos podrán realizar su actividad hasta las 1:00 horas como máximo. Incluyendo en dicho horario máximo cualquier otra actividad que se desarrolle como apoyo o complemento a los citados eventos".

"Estas actividades complementarias o de apoyo se efectuarán en mesas, garantizándose una distancia mínima entre mesas de 1,5 metros. Contando con un máximo de diez personas por mesa o agrupación de mesas", según las reglas del BOJA del 16 de agosto.

"La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesa. En todo caso, la circulación por el recinto será siempre con mascarilla y guardando la distancia de seguridad interpersonal, además de la observancia de la estricta higiene de manos.»

Nuevas reglas en bares, restaurantes y cierre de discotecas