jueves. 28.03.2024

La Manzanilla de Sanlúcar no se podrá comercializar en envase de cartón

El TSJA da la razón a la patronal bodeguera FEDEJEREZ y prohíbe el `Bag in Box´

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía da la razón al recurso que interpuso la federación de Bodegas del Marco de Jerez (FEDEJEREZ), y con ello pone fin al conflicto generado por la idea de un grupo de bodegueros sanluqueño de poder comercializar bajo la denominación de origen sus manzanilla en envases de cartón, el `bag in box´.

El máximo organismo judicial de Andalucía, que ya tomó medidas cautelares suspendiendo la comercialización de la manzanilla en el polémico envase de cartón en noviembre de 2016, cierra este conflicto que mantenía la patronal bodeguera con un grupo de bodegas sanluqueñas apoyadas incluso por la Consejería de Agricultura.

El inicio de todo este conflicto comenzó el 4 de diciembre de 2015 cuando el Consejo Regulador de las denominaciones de origen “Jerez-Xerés-Sherry” y “Manzanilla de Sanlúcar de Barrameda” denegaron la solicitud de autorización de etiquetado y registro de envases de cartón conocido por el `bag in box´ para la comercialización de Manzanilla por parte de un grupo de bodegas sanluqueñas.

Las resoluciones de la Consejería consideran que es competencia del Consejo Regulador autorizar el etiquetado de los vinos antes de su puesta en circulación, y que podrá denegar dicha autorización cuando se incumplan los preceptos del reglamento de funcionamiento de las denominaciones de origen y las normas específicas.

Posteriormente estas bodegas manzanilleras presentaron un recurso a la Secretaría Técnica de la consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta, y esta estima dicho recurso basándose en el hecho que esta bodegas que defienden el `bag in box´ quieren vender este tipo de envases a establecimientos hosteleros, y no directamente al cliente.

Pero el alto tribunal de Andalucía a instancia de Fedejerez, acuerda la suspensión cautelar de la resolución adoptada por la Consejería de Agricultura para el uso del `Bag in Box´, imponiéndose el criterio recogido en el reglamento del Consejo Regulador que autorizar exclusivamente el envase de vidrio para la venta de vinos de Jerez y Manzanilla.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que da la razón así a la patronal bodeguera FEDEJEREZ, dando por finalizado dicho conflicto, aunque hay que destacar que sobre esta sentencia, a la que ha tenido acceso elMIRA.es, cabría recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia: "Se confirma la validez de la denegación de autorización de registro de etiquetas, y en consecuencia se confirman los acuerdos del Consejo Regualador a los que se refiere este recurso. Además, Se condena en costas a la parte demandada con el límite máximo de Mil euros (1.000)".

La Manzanilla de Sanlúcar no se podrá comercializar en envase de cartón